
ACCESORIOS
SUSTITUCIÓN DE RETROVISORES, FAROS ETC.
Si sustituyes elementos tales como retrovisores, faros o algún otro tipo, debé ser por otros que tencan el sello de homologación de la comunidad europea (CE).
CAMBIO DE VOLANTE
Solo deberás homologar un cambio de volante si la diferencia de diámetro es superior al 10%.
Si el volante de origen lleva airbag es obligatorio que el nuevo volante también lo lleve.
DISPOSITIVOS DE ILUMINACIÓN
Los faros no se pueden tintar.
Desgraciadamente no son homologables ningún tipo de iluminación en los bajos de un vehículo. En el interión la luz debe ser blanca, por lo que no son homologables los neones.
LUNAS TINTADAS
Solo podrás tintar los cristales laterales traseros y el parabrisas trasero. Los cristales laterales delanteros y parabrisas delantero no los podrás tintar.
En el parabrisas delantero solo está permitido cubrir a modo de parasol los primeros 10 cm superiores.